Principios Del Contador Público.
Un contador público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente económico separado, relacionarlo con las circunstancias particulares de su actividad, sean estas internas o externas, con el fin de aplicar en cada caso las técnicas y métodos mas adecuados para el tipo de ente económico y la clase de trabajo que se le ha encomendado.
Los Principios Del Contador Público Son:
1- Integridad: El contador Público deberá mantener su integridad moral, y de el se espera la rectitud, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia, dentro de este principio también quedan comprendidos otros conceptos a fines que, sin requerir una mención o reglamentación expresa, puedan tener relación con las normas de actuación establecidas.
2- objetividad: Esta representa ante todo la imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador publico.
3- independencia: En el ejercicio profesional, el contador publico deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad.
4- responsabilidad: Sin perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de ética profesional se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del contador publico, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
5- Confidencialidad: La relación del contador publico con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la practica profesional.
6- observancia de las disposiciones normativas: El contador publico deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el estado y por el consejo técnico de la contaduría publica aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
7- competencia y actualización profesional: El contador publico solo deberá contratar trabajos para lo cual el o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
8- difusión y colaboración: El contador publico tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificacion de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
9- Respeto entre colegas: El contador publico debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacifica, amistosa y cordial de sus miembros.
10- Conducta ética: El contador publico deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercusión en alguna forma en descrédito de la profesión.
Estos principios básicos deben ser aplicados por el contador publico tanto en el trabajo mas sencillo como en el mas complejo, sin ninguna excepción. De esta manera contribuirá al desarrollo de la contaduría publica a través de la practica cotidiana de su profesión. Los principios básicos de ética son aplicables a todo contador publico por el solo hecho de serlo, sin importar la índole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de las instituciones publicas o privadas, en cuanto sea compatible con sus funciones.
2- objetividad: Esta representa ante todo la imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador publico.
3- independencia: En el ejercicio profesional, el contador publico deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad.
4- responsabilidad: Sin perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de ética profesional se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del contador publico, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
5- Confidencialidad: La relación del contador publico con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la practica profesional.
6- observancia de las disposiciones normativas: El contador publico deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el estado y por el consejo técnico de la contaduría publica aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
7- competencia y actualización profesional: El contador publico solo deberá contratar trabajos para lo cual el o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
8- difusión y colaboración: El contador publico tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificacion de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
9- Respeto entre colegas: El contador publico debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacifica, amistosa y cordial de sus miembros.
10- Conducta ética: El contador publico deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercusión en alguna forma en descrédito de la profesión.
Estos principios básicos deben ser aplicados por el contador publico tanto en el trabajo mas sencillo como en el mas complejo, sin ninguna excepción. De esta manera contribuirá al desarrollo de la contaduría publica a través de la practica cotidiana de su profesión. Los principios básicos de ética son aplicables a todo contador publico por el solo hecho de serlo, sin importar la índole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de las instituciones publicas o privadas, en cuanto sea compatible con sus funciones.